Remuneración Compensatoria: Anacronismo y Regresividad

Nuevamente, está siendo objeto de discusión en el Senado de la República una Iniciativa de Reforma a Ley Federal del Derecho de Autor, con el pretendido objeto de garantizar una remuneración compensatoria a las y los autores por la reproducción de sus obras.

Esta Iniciativa se suma a anteriores igualmente anacrónicas e inadecuadas, incluso desestimadas ya por el Congreso de la Unión, por las que sociedades de gestión colectiva buscan hacerse de recursos directamente de los fabricantes o importadores de aparatos, dispositivos, soportes tecnológicos o cualquier otro que permita la copia o reproducción sonora, visual o audiovisual de sus obras conocidas o por conocerse.

Iniciativa Anacrónica. Amerita cuestionarnos, ¿cuándo fue la última vez que realizamos una copia de un material con derechos, no sólo para uso personal, sino para difundirlo y/o compartirlo?

La respuesta muy probablemente será ninguna o muy rara vez, al menos no en el los últimos años, en los que la incursión de plataformas digitales ha transformado nuestros hábitos de consumo de contenidos.

Hoy más que siempre, los internautas pagamos mes a mes por el acceso y reproducción de contenidos visuales, auditivos y/o audiovisuales disponibles de manera exclusiva en aplicaciones o plataformas que aseguran la reproducción legal y privada de estos, sobre todo en plataformas de streaming.

Por ello, la iniciativa concebida en una era analógica resulta anacrónica en la actual de creciente conectividad y pago de licencias por el contenido disponible en internet.

Regresividad del Canon. Ingenuamente, la Iniciativa supone que serán los fabricantes de dispositivos como smartphones, computadoras, tabletas, smartphones, consolas de videojuegos, entre otros, los que incurran en el pago de la remuneración compesatoria, sin la posibilidad de trasladarlo a los consumidores finales.

No obstante, será prácticamente imposible distinguir si el alza en los precios de estos es atribuible a sus crecientes costos de transporte y abastecimiento y/o a la obligación de este canon.

Peor aún, este gravamen será más lesivo para los que menos tienen, especialmente en el contexto de acelerada inflación y crisis económica latente. Esta iniciativa resultaría en sobreprecio.

De acuerdo con estimaciones econométricas publicadas por el Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET), “los consumidores en México tendrán que pagar, en su conjunto, entre $3.8 y $5.6 mil millones de pesos (mmp) anuales más por el sobreprecio que generará el canon por la adquisición de smartphones” (bit.ly/3mEvOON).

Asimismo, la contención en su adquisición resultará en “una reducción de entre $4.0 y $5.9 mmp en los ingresos anuales por la venta de estos equipos. Mientras que las pérdidas en el Bienestar del Consumidor ascenderán a un rango de entre $48 y $109 millones de pesos, al no obtener los beneficios de los equipos que se generarían por su tenencia”.

Este escenario revertirá la recuperación registrada en la venta de smartphones por parte de los operadores al final del año pasado, así como contravendrá la creciente adopción y aprovechamiento de los dispositivos de conectividad, esenciales para el cierre de la brecha digital y de las inequidades sociales.

Con todo, se espera que el Senado frene la aprobación de esta Iniciativa al no respaldar la realidad crítica de la economía y ser nociva y regresiva para los consumidores. Con ello, los mexicanos más desfavorecidos incurrirían en mayores costos por la adquisición de equipos de conectividad y verían mermado aún más su poder adquisitivo, ante la elevada inflación.

Ernesto Piedras